El pueblo salvadoreño está haciendo todo lo humanamente posible para poder ejercer el derecho al sufragio, no importa las condiciones ni el esfuerzo, pero esta decido a ejercer el Sufragio como deber del pueblo.
En el Centro de votación presbítero H San German en Sonsonate, es uno de los centros de votación más grande, se ha visto a muchas personas con discapacidad, acompañadas de sus familias a ejercer este derecho.
En este sentido, basándonos en el marco legal, del Código Electoral en el Salvador, ya hay plasmado un instructivo, el cual daremos a continuación para dar referencia cuando haya una eventualidad en cada centro de votación.
El Salvador cuenta con una base sólida legal e institucional que instruye a tomar todas las medidas legislativas, técnicas, administrativas, incluyendo los ajustes razonables, para asegurar el goce de los derechos de las Personas con Discapacidad; en relación a la normativa se puede mencionar:
- Constitución de la República
- Ley de Equiparación de Oportunidades para las personas con discapacidad y su Reglamento
- Política Nacional de Atención Integral a las Personas con Discapacidad
- Norma Técnica Salvadoreña NTS 11.69.01:14 Accesibilidad al medio físico. Urbanismo y Arquitectura. Requisitos.
- Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo, ONU.
- Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra las Personas con Discapacidad, OEA. La Declaración de los Derechos Humanos establece: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros” (Declaración Universal de los Derechos Humanos. (Artículo 1). La normativa arriba indicada tiene una base muy consistente en cuanto al respecto de los Derechos Humanos, por lo tanto, la expresión que la ley salvadoreña consigna a través de la normativa, es procedente para las actuaciones en el marco que esta Guía se plantea.
A continuación establecemos estas normas que ya están establecidas para cuando suceden estos casos
INDICACIONES BÁSICAS PARA LA ATENCIÓN DEL CIUDADANO CON DISCAPACIDAD EN EL CENTRO DE VOTACIÓN.
En esta sección se consignan todas las recomendaciones útiles, prácticas e idóneas para brindar apoyo a las personas con discapacidad en sus distintas y requeridas formas en el contexto de los centros de votación, o sea, cada una de las recomendaciones tienen el propósito específico de facilitar la efectividad del sufragio a las personas con discapacidad. RECOMENDACIONES GENERALES A continuación, las siguientes orientaciones generales están dirigidas a los jóvenes de la Asociación Scout de El Salvador u otras instituciones de apoyo que estarán presentes en los centros de votación en el proceso de las Elecciones 2021.
- Presentarse en el centro de votación destacado, con su identificación de la institución que representa y en un lugar visible;
- Identificarse con la Junta Electoral Municipal o el Delegado de ésta y explicarle el tipo de colaboración que prestará en el proceso de votación.
- Ubicarse en un lugar estratégico para entrar en contacto con la persona con discapacidad o atender a una persona adulta mayor; o a quien necesitare de su apoyo.
- Prestar apoyo a la persona en el padrón de exhibición que se encuentre en el centro de votación, si éste desconociera el número de JRV donde emitirá su Voto; GUÍA PARA FACILITAR EL EJERCICIO DEL VOTO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD DURANTE LAS ELECCIONES 2021.
- Guiar al ciudadano hacia la JRV donde le corresponda emitir su Voto.
- Esperar que el ciudadano emita su Voto y conducirle a la salida del centro de votación.
- Ofrecer ayuda a la persona para trasladarse físicamente a su medio de transporte, si la persona así lo aprueba.
- Su colaboración finalizará a las 17:00 horas, que corresponde al cierre de la votación.
RECOMENDACIONES PARA EL ABORDAJE ADECUADO A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
- Sea natural.
- Antes de brindar su apoyo a una persona con discapacidad se le debe consultar si necesita acompañamiento.
- Concentre su atención en la persona y no en su discapacidad o su acompañante.
- Ofrezca orientación con el debido respeto.
- Respete una negativa a su ofrecimiento de ayuda. No insista, pero esté atento.
- Si el ofrecimiento es aceptado, también debe estar atento a escuchar o seguir instrucciones de cómo hacerlo por parte de la persona con discapacidad.
- No asuma lo que la persona puede o no hacer. No decida por ella.
- En lo posible, diríjase a la persona por su nombre, si no lo sabe, puede preguntarlo.