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Categoría: NOTICIAS

 

 

¿Qué puede hacer la Asamblea Legislativa con 43, 56 y 63 votos en El Salvador?

Los diputados de la Asamblea Legislativa pueden tomar diferentes decisiones pero siempre requieren un tipo de mayoría para lograrlo.

La Constitución de la República no diferencia entre mayoría simple y calificada, utiliza definiciones más simples e inequívocas: "mitad más uno(43 Votos)", "dos tercios (56 Votos)" y "tres cuartos(63 Votos)".

Bajo estas tres fórmulas o correlaciones la Asamblea Legislativa tiene diferentes poderes. Aquí un resumen de lo que puede hacer:

MAYORIA SIMPLE (43 VOTOS) O MAYORIA ABSOLUTA

De 84 diputados propietarios en total, la mitad más uno son 43 diputados. Como ya se aclaró, la Constitución no se refiere a mayoría simple, sino a la “mitad más uno”. Algunos conocen este tipo de mayoría como mayoría absoluta.

Con 43 diputados la Asamblea puede tomar las siguientes decisiones:

 

MAYORIA CALIFICADA (56 VOTOS)

Son las dos terceras partes de la Asamblea Legislativa, es decir, 56 votos. Es una mayoría establecida en los sistemas de votación para aprobación de cambios estructurales.

Con 56 votos, la Asamblea puede:

MAYORIA ESPECIAL (63 VOTOS)

La Asamblea puede suspender las garantías contenidas en los artículos 12 inciso segundo y 13 inciso segundo de la Constitución con tres cuartas partes de los diputados, no excediendo la detención administrativa de 15 días.

Esas garantías que pueden ser suspendidas son:

En otras palabras asi como ha quedado la distribucion de escaños, pueden hacer todas las cosas en los incisos antes mencionado y no tendran oposicion de ninguna indole.